Acabas de sacarte el carnet y estás muy ilusionado porque vas a comprarte tu primer coche. En esta ocasión optas por un coche de ocasión porque eres joven y la inversión es más pequeña pero, ¿quién tiene que pagar el impuesto de circulación al comprar un coche de segunda mano?
¡Que no cunda el pánico! Este trámite solo depende de la fecha y es que la persona que tiene que pagar el impuesto de circulación de un coche de segunda mano que se vende es el titular del vehículo a inicio del año en curso.
¿Quién se debe hacer responsable del impuesto de circulación en la compra de un coche de ocasión?
El Artículo 96 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que el impuesto de circulación, también conocido como el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica dice que el impuesto “se devenga el primer día del período impositivo”. Este impuesto está vigente un año natural.
Es decir, el impuesto de circulación llega a nombre del titular del vehículo a día 1 de enero; por lo tanto, la persona responsable del abono de dicho gravamen es el titular del coche al comenzar el año.
Es importante destacar que el impuesto de circulación depende de la potencia fiscal, que se mide en CVF, caballos fiscales, y de la localidad en la que esté registrado el vehículo en cuestión. Dependiendo de la potencia fiscal se establecen varios tramos, tal y como se indica en el Artículo 95 de la citada ley.
Pero, ¿quién se encarga de la transferencia?
Otro de los puntos a tener en cuenta es la transferencia del vehículo. Este trámite está compuesto de dos partes; por un lado el cambio de titularidad que tiene un coste aproximado de unos 55 euros y del impuesto de transmisiones patrimoniales que depende de la localidad en la que se resida y entre el 4% y el 8% del valor venal del vehículo.